El Decreto Supremo N° 074-2008 -EF, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, sostiene que el dinero destinado al Forsur es para que se atienda los requerimientos efectuados por el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, el Instituto Peruano del Deporte y para la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica.
Asimismo a los Gobiernos Regionales de Lima y Huancavelica, las municipalidades provinciales de Cañete, Yauyos y distrital de San José de los Molinos
La Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos orientados a la reconstrucción de la infraestructura perjudicada por desastres naturales, de los cuales puede destinarse en parte al requerimiento efectuado por la PCM.
El decreto supremo lleva las firmas del presidente de la República, Alan García Pérez, y del ministro de Economía y Finanzas, Luis Carranza Ugarte.




















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